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Le Quotidien institutionnel des cités municipales : regards croisés de juristes et d'historiens

Sobre Digesto L, 10, 3, pr. y la necesidad de solicitar permiso al emperador para financiar la construcción de edificios de espectáculos

Digesto L, 10, 3 pr. and the requirement to obtain permission from the emperor for financing the construction of public entertainment buildings
Enrique Melchor Gil
p. 37-42

Résumés

En principio todo particular podía hacer una obra nueva incluso sin la autorización del príncipe, salvo que la hiciese por emulación con otra ciudad, cuando el proyecto pudiera causar una sedición, o en el caso de que la obra fuese un circo, un teatro o un anfiteatro (Dig., L, 10, 3, pr.). Los motivos que determinaron la restricción impuesta a los evergetas en materia de construcción de edificios de espectáculos pudieron ser variados y los analizaremos en nuestro trabajo: popularidad que reportaba este tipo de obras a quienes las financiaban; vinculación de los edificios de espectáculos a las ceremonias de culto imperial; cuestiones de seguridad en materia edilicia; o preocupación del Estado por mantener saneadas unas finanzas locales que debieron soportar los costes de mantenimiento de estos grandes proyectos constructivos.

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Texte intégral

  • 1 F. Jacques, Le privilège de liberté. Politique imperiale et autonomie municipale dans les cités de (...)

1Las normas jurídicas que regularon los actos de evergetismo cívico en época Altoimperial no son muy abundantes y aparecen recogidas fundamentalmente en el Digesto, aunque éstas se pueden complementar con la información proporcionada por el Codex Justinianus, y contrastar con los datos aportados por la documentación epigráfica, así como por algunos autores clásicos. Como señaló F. Jacques, los emperadores no pretendieron coaccionar mediante preceptos legales las conductas munificentes, ni tampoco encauzarlas para que cubriesen determinadas necesidades sociales, tan sólo buscaron preservar el cumplimiento de la voluntad de los evergetas y los derechos de las ciudades que recibiesen pollicitationes, legados o donaciones1. Por tanto, el cumplimiento de la voluntad de los munificentes ciudadanos y el respeto a su libertad de actuación, siempre que ésta fuese destinada a beneficiar a sus comunidades cívicas, fueron dos de los principios que primaron en la legislación sobre evergetismo. No obstante, dicha libertad pudo ser coartada en determinadas ciscunstancias, como podemos apreciar en la obligación impuesta a los evergetas, de solicitar autorización al emperador para realizar algún tipo específico de obra pública: Opus novum privato etiam sine principis auctoritate facere licet, praeterquam si ad aemulationem alterius civitatis pertineat vel materiam seditionis praebeat vel circum theatrum vel amphitheatrum sit (Dig., L, 10, 3, pr. – Macer, Lib. II de officio praesidis, época de Caracalla –).

  • 2 Ya desde época Republicana, el senado debió intentar controlar estas actividades edilicias, dado qu (...)
  • 3 De operibus, quae in muris vel portis vel rebus publicis fiunt, aut si muri exstruantur, divus Marc (...)

2En principio, como señala el Digesto, todo particular podía hacer una obra nueva incluso sin la autorización del príncipe, salvo que la hiciese por emulación con otra ciudad, cuando el proyecto pudiera causar una sedición, o en el caso de que la obra fuese un circo, un teatro o un anfiteatro. La referencia a obras públicas que pudieran originar una sedición parece aludir a la construcción de murallas, pues para poder realizar o reparar cualquier fortificación se necesitó un permiso imperial2, como nos lo confirma un rescripto de Marco Aurelio, donde que señalaba que era necesario consultar al emperador sobre cualquier obra que se hiciera en los muros y puertas de las ciudades o en el caso de que se levantasen murallas3. Tanto esta norma, como la que intentaba frenar la competencia edilicia entre ciudades (vid. infra), tienen una lógica explicación; no obstante, la restricción impuesta a los evergetas en materia de construcción de edificios de espectáculos no deja de causar cierta sorpresa. Desconocemos los motivos concretos por los que era necesario solicitar la autorización del príncipe para levantar un teatro, anfiteatro o circo, mientras que dicho permiso no era requerido para construir cualquier otro tipo de obra pública, con la excepción de las fortificaciones. Tal disposición puede relacionarse con la popularidad que reportaba este tipo de obras a quienes las financiaban, pues no debemos olvidar que la política de pan y circo fue utilizada ampliamente como instrumento para ganarse el favor de la plebe urbana, así como para mantener la paz y el orden en Roma y en el resto de las ciudades del Imperio (Iuv. Sat., 10, 78-81); con la importante carga ideológica y política contenida en estos edificios, estrechamente vinculados al desarrollo del culto imperial y lugares en los que la opinión pública podía manifestarse más libre-mente; con la gran inversión que suponía afrontar la erección y el mantenimiento de estas obras y, por último, con la existencia de unas medidas de seguridad para construir edificios que podían albergar a miles de personas, lo que exigiría un control del proyecto por parte de las autoridades públicas. Pasemos a analizar todos estos factores que pudieron determinar la necesidad de obtener un permiso imperial para poder edificar un teatro, anfiteatro o circo.

  • 4 Cfr. A. Futrell, Blood in the arena: the spectacle of Roman power, Austin, 2000, p. 124.
  • 5 Como muestra la obra de M. Horster, Bauinschriften römischer Kaiser. Untersuchungen zu inschriftenp (...)
  • 6 K. Lomas, Public building, urban renewal and evergetism in early Imperial Italy, en K. Lomas y T. C (...)

3Pensamos que el prestigio y la popularidad que uno o varios evergetas pudieron obtener con la construcción de un edificio de espectáculos no debió ser motivo suficiente como para justificar la exigencia de la autorización imperial, aunque puede comprenderse que el Princeps quisiera indagar sobre la personalidad y ambiciones de estos mecenas tan preocupados por obtener fama y prestigio4. No obstante, si los emperadores hubieran estado muy preocupados por la popularidad que los evergetas locales pudieran obtener, o que ésta repercutiese en detrimento de la imagen pública de la casa imperial, suponemos que su intervención en la edificación de este tipo de obras hubiera sido mayor a la que tenemos atestiguada5, sobre todo si tenemos en cuenta que el mayor cambio en política de edilicia pública, en la Italia Alto Imperial y con respecto a la época Republicana, fue el gran incremento cuantitativo que experimentó la construcción de edificios destinados al entretenimiento y al ocio, tales como teatros y anfiteatros6.

4La potencial amenaza que podían suponer los edificios de espectáculos como lugares de reunión del pueblo, en los que podían generarse tumultos y disturbios, así como críticas de la opinión pública contra los gobernantes, tampoco nos parece un factor fundamental que permita explicar las limitaciones impuestas a quienes quisieran construir un teatro, anfiteatro o circo. Este peligro siempre estuvo latente, como se constata, por ejemplo, en las quejas que la plebe de Roma manifestó en el teatro contra Tiberio, por la carestía del grano (Tac. Ann., VI, 13), o contra los magistrados (Tac. Ann., I, 77, 1), así como en los violentos incidentes desatados en el anfiteatro de Pompeya, en el 59 d.C., entre los pompeyanos y sus vecinos de Nuceria (Tac. Ann., XIV, 17), pero aparece más vinculado a la celebración de ludi que al lugar donde los juegos pudieron tener lugar, ya fuese en un edificio de espectáculos o en un foro acondicionado para presenciar espectáculos públicos.

  • 7 Aunque generalmente se ha resaltado la estrecha relación de los teatros con el desarrollo de comple (...)
  • 8 Sobre la interpretación que proponemos para este texto, cfr. J. E. Stambaugh, The functions of Roma (...)
  • 9 La documentación epigráfica muestra que los evergetas generalmente se limitaron a financiar la cons (...)
  • 10 Suet. Aug., 52, 1 (templos a Augusto); Dion Cassio, LI, 20, 7 (templos a Augusto en Pérgamo y Nicom (...)
  • 11 Recordemos que en numerosos teatros se han encontrado diferentes espacios sagrados dedicados al cul (...)

5La vinculación de los edificios de espectáculos a las ceremonias de culto imperial7, podría justificar la necesidad de contar con el permiso del príncipe. Es cierto que la norma comentada del Digesto no menciona que los evergetas debieran pedir autorización para poder construir edificios sacros en honor de los emperadores divinizados, aunque tal obligación parece deducirse de una epístola de Plinio el Joven, en la que éste informa a Trajano que solicitó permiso a Nerva para trasladar una serie de estatuas imperiales a su ciudad de Tifernium Tiberinum y erigir allí un templo, probablemente dedicado al culto imperial8 (Plinio, Ep., X, 8, 1-2). Por otra parte, debemos señalar que la mayoría de los grandes templos cívicos o provinciales dedicados a la Domus Divina fueron levantados por las ciudades y por los concilia provinciales9, previa autorización del emperador y del senado, como nos lo confirman diferentes testimonios, provenientes tanto del Oriente como del Occidente romano, que mencionan la dedicación de los primeros templos a Augusto, Tiberio y Livia, así como los que aluden a intentos fallidos de levantar otros edificios sacros al mismo Tiberio10. La importancia dada a la construcción de estos edificios de culto imperial explica que ya desde época de Tiberio se pudiese encargar a un gobernador provincial la supervisión de las obras a realizar, como queda atestiguado en el caso de la construcción del templo dedicado en Esmirna a Tiberio y Livia por el koinon de Asia. Según nos informa Tácito (Ann., IV, 56, 3), al procónsul de esta provincia se le asignó un legado más encargado de vigilar las obras (cura templi). Al igual que ocurrió con los templos, por motivos ideológicos, los emperadores también pudieron querer controlar la realización de las obras civiles, destinadas a la organización de ludi, en las que frecuentemente se encontraban espacios sagrados dedicados al culto imperial11.

6Igualmente, las cuestiones económicas y de seguridad debieron ser tenidas en cuenta, y contribuirían a explicar mejor las restricciones impuestas a la iniciativa privada en materia de edificación de edificios de espectáculos. Al menos, exigirían que la administración diese el visto bueno a la realización de unas obras destinadas a albergar a gran número de personas y cuyo mantenimiento recaería, finalmente, sobre las haciendas locales. Recordemos la gran desgracia ocurrida en Fidena, donde se derrumbó un anfiteatro hecho de madera, quedando mutiladas o aplastadas cincuenta mil personas (Tac. Ann., IV, 62-63, 1). Tácito, al narrarnos los acontecimientos más destacados del 27 d.C. iguala este acontecimiento con los desastres ocasionados por las grandes guerras. La catástrofe ocurrida hizo que el senado de Roma tomase medidas decretando que en lo sucesivo no pudieran organizar espectáculos quienes no tuvieran un patrimonio superior a cuatrocientos mil sestercios y que no se construyeran anfiteatros sobre terrenos que no fueran de comprobada solidez.

  • 12 Como señaló E. De Ruggiero, Lo Stato e le opere publiche in Roma Antica, Torino, 1925, p. 123-124, (...)
  • 13 J. M. Rodríguez Hidalgo y S. J. Keay, Recent work at Italica, en Social complexity and the developm (...)
  • 14 J. B. Ward-Perkins, The Severan building of Lepcis Magna, Tripoli, 1993.

7Por otra parte, el evergetismo edilicio, y en especial la construcción de grandes edificios de espectáculos, podía ocasionar importantes gastos adicionales a las ciudades, especialmente a las de tamaño mediano o pequeño, ya que una vez acabados los programas constructivos eran ellas las que tenían que mantener grandes y costosas obras realizadas para exaltar el prestigio y para mantener la memoria pública de determinadas gentes de notables locales, e incluso de la familia imperial12. A modo de ejemplo recordemos los casos de Italica y Lepcis Magna. Adriano, en la primera, y Septimio Severo, en la segunda, impulsaron grandes programas edilicios destinados a dotar a sus patrias chicas de un urbanismo y de un patrimonio monumental que contribuyeran a ennoblecer la origo de ambos emperadores. En Italica se planifico la nova urbs, dotándola de grandes calles con pórticos, de una nueva red de abastecimiento de agua, de nuevas termas, de un templo de culto imperial dedicado a Trajano, de un posible odeón y de un gran anfiteatro13. En Lepcis Magna, poco después de la llegada de Septimio Severo al trono imperial, comenzó a desarrollarse un gran programa constructivo que abarcó un nuevo foro, la gran basílica, y un templo monumental. El complejo fue flanqueado por una ancha calle porticada que contaba con un ninfeo, el puerto de Lepcis Magna fue ampliado y sus infraestructuras renovadas, y finalmente se levantó un gran arco cuadrifronte destinado a conmemorar la visita que el emperador hizo a su provincia natal y a su ciudad en el 202-20314.

  • 15 A. Blanco, La Itálica de Trajano y Adriano, en EAE, 121, 1982, p. 151; J. Luzón, Consideraciones so (...)
  • 16 La extracción sistemática y el traslado de los materiales de construcción de la nova a la vetus urb (...)
  • 17 I. M. Barton, The effects of imperial favour. Septimius Severus and Lepcis Magna, en Museum Africum(...)

8Estos amplios programas de monumentalización, que también fueron apoyados por familias de las élites locales, pudieron ocasionar importantes problemas financieros a ambas ciudades, que se vieron obligadas a mantener grandes y costosas construcciones cuya razón de ser fue la glorificación de la casa imperial. En Italica, las obras de la nova urbs no llegaron a ser terminadas en su totalidad, como se aprecia en la inacabada fachada occidental del anfiteatro y en la existencia de sectores de la ciudad que nunca llegaron a edificarse15. Probablemente las ayudas económicas habrían dejado de fluir y la colonia tendría que afrontar los gastos de mantenimiento de todo el programa monumental realizado, así como comenzar a combatir los efectos destructivos producidos por las arcillas expansivas, que afectarían gravemente a las cimentaciones de las casas y edificios públicos construidos en este nuevo sector de la ciudad. Al carecer la colonia de los fondos necesarios para conservar y mantener en buen estado la nova urbs, debió ir imponiéndose la idea de abandonarla; solución que sería plenamente aceptada a mediados del siglo III16. Un proceso similar de abandono de edificios, debido a los altos costes de mantenimiento, se aprecia en Lepcis Magna, donde las nuevas instalaciones portuarias prácticamente no fueron utilizadas. La necesidad de dragar el nuevo puerto periódicamente hizo que los habitantes de la ciudad decidieran prescindir de él, probablemente por su incapacidad material para afrontar tales gastos17.

  • 18 La competencia edilicia entre ciudades está claramente atestiguada en Bithynia-Pontus, como nos mue (...)
  • 19 Sobre la aparición de los curatores, en época de Trajano, asi como sobre sus funciones vid. G. Camo (...)
  • 20 Nos estamos refiriendo al envío de Plinio el Joven a la provincia de Bitinia-Ponto en misión extrao (...)

9Los legisladores fueron conscientes de los problemas que podía acarrear a las ciudades el mantenimiento de un gran patrimonio monumental, y por ello intentaron limitar la actuación de evergetas que buscaban obtener prestigio, tanto para ellos como para sus ciudades, financiando grandes proyectos de monumentalización urbana que rivalizaran con los desarrollados en otras comunidades vecinas18. De hecho, el mismo párrafo del Digesto que estamos comentando también prohíbe a los munificentes ciudadanos realizar obras por emulación con otra ciudad. Dada la preocupación existente desde el siglo II por mantener saneadas las finanzas municipales, que se ponen de manifiesto en el nombramiento de curatores municipales19, encargados de controlar la contabilidad de las ciudades, o en el envío de gobernadores especiales a provincias para poner en orden las finanzas de éstas20, sería lógico pensar que los emperadores preferirían conocer el estado de las haciendas públicas locales antes de autorizar grandes proyectos constructivos, como es el caso de los edificios de espectáculos, cuya realización podía afectar negativamente a las arcas de los tesoros públicos municipales.

  • 21 Publico vero sumptu opus novum sine principis auctoritate fieri non licere constitutionibus declara (...)

10La preocupación, por el estado de las finanzas municipales y por evitar a las ciudades gastos excesivos que podían llevarles al endeudamiento o incluso a no poder pagar los tributos debidos a Roma, explica otra disposición dada por Caracalla señalando que «no se puede hacer una obra nueva a costa de la ciudad sin la autorización del príncipe21». La estabilidad de los presupuestos municipales debió ser considerada fundamental a la hora de autorizar cualquier tipo de obra pública y primó incluso sobre los deseos de ver culminados programas de monumentalización ya iniciados, como se deduce de un texto de Ulpiano en el que se señala que los gobernadores de provincias deben supervisar las obras públicas y los templos, velando para que sean terminados los edificios que se encuentren en construcción, aunque el jurista condiciona esta tarea a que las ciudades cuenten con los recursos económicos necesarios para terminar las obras (Ulp. 2 de off. Procos.; Dig., I, 16, 7, 1).

  • 22 La correspondencia de Plinio el Joven con Trajano muestra que el gobernador de Bithynia solicitaba (...)
  • 23 Algunas ciudades de Bithynia habían iniciado la construcción de grandes obras públicas careciendo d (...)
  • 24 La preocupación de las élites locales por embellecer sus ciudades estuvo ligada al desarrollo del s (...)

11Pese a que las normas legales comentadas son del segundo decenio del siglo III, ya con anterioridad pudieron comenzar a imponerse estas prácticas de control sobre la construcción pública. Como ya hemos comentado, un rescripto de Marco Aurelio exigía un permiso imperial para poder realizar cualquier intervención edilicia en las fortificaciones y demás cosas públicas de la ciudad (Dig., L, 10, 6). De igual forma, varias epístolas entre Plinio y Trajano nos confirman la necesidad de solicitar la autorización del emperador para realizar cualquier obra pública que fuera a financiarse con dinero procedente de los tesoros locales22: las termas de Prusa (Plinio, Ep., X, 23-24), el teatro y el gimnasio de Nicea (Plinio, Ep., X, 39, 1-5, y 40,1-2), los baños de Claudiópolis (Plinio, Ep., X, 39, 5 y 40, 3), los acueductos de Nicomedia y Sínope (Plinio, Ep., X, 37-38 y 90-91), o la cloaca de Amastris (Plinio, Ep., X, 98). Incluso, en una de estas epístolas se pone claramente de manifiesto la preocupación de Trajano por mantener saneadas las finanzas locales, al autorizar la construcción de las nuevas termas de Prusa siempre que no se gravasen los recursos de la comunidad y no se creasen nuevos impuestos locales (Plinio, Ep., X, 24). Como muestra la correspondencia epistolar con Plinio el Joven, este emperador inició una política económica destinada a racionalizar el gasto público municipal, así como a controlar los ingresos y gastos de las ciudades23. De esta forma se intentaba evitar que los municipios se pudieran arruinar por desarrollar grandes proyectos constructivos, que generalmente fueron impulsados y estimulados por miembros de las élites municipales ansiosos de acumular prestigio y gloria para ellos y para sus ciudades24, lo que hubiese afectado al pago de los impuestos debidos a Roma. Retrotraer este control estatal sobre las obras públicas financiadas por las ciudades a momentos anteriores es problemático, por la escasez de fuentes, aunque debemos recordar que en Hispania los saborenses debieron solicitar permiso a Vespasiano para poder construir una ciudad en la llanura que llevase su nombre, y el emperador lo autorizó, aunque no dio respuesta a la petición de aumentar los vectigalia que habían recibido del divino Augusto y remitió la decisión a la sentencia del procónsul (CIL II, 1423, epistula Vespasiani ad Saborenses).

  • 25 Las ciudades buscaron amoldar sus gastos a los ingresos regulares con los que contaban, intentando (...)

12Pese a que todos los motivos comentados pudieron influir a las restricciones impuestas a los evergetas en materia de construcción de edificios de espectáculos, pensamos que la preocupación por mantener saneadas y por asegurar cierto equilibrio a las haciendas locales debieron influir determinantemente en la disposición del Digesto, L, 10, 3, pr. que hemos analizado. Al exigir una autorización de la administración para realizar obras públicas de gran envergadura, los emperadores estarían intentando evitar que una actuación irresponsable de los evergetas pudiesen afectar a la estabilidad de las finanzas municipales, rompiendo el precario equilibrio, que frecuentemente debió de darse, entre los ingresos y gastos de numerosas comunidades cívicas25.

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Notes

1 F. Jacques, Le privilège de liberté. Politique imperiale et autonomie municipale dans les cités de l’Occident romain (161-244), Roma-París, 1984 (Collection de l’École française de Rome, 76), p. 699, 704, 712 y 718.

2 Ya desde época Republicana, el senado debió intentar controlar estas actividades edilicias, dado que las fortificaciones podían ser empleadas para oponer resistencia a Roma. Recordemos que las guerras celtibéricas del 153-133 a.C. comenzaron cuando la ciudad de Segeda quiso ampliar sus murallas y forzó a otras comunidades más pequeñas a establecerse dentro del recinto amurallado (Ap. Hisp., 44). Al enterarse de que esto estaba ocurriendo, el senado romano prohibió que la muralla fuera levantada y, ante la negativa de los habitantes de Segeda a parar la construcción, declaró la guerra, ordenando al cónsul Q. Fulvius Nobilior que marchase sobre la ciudad con sus legiones.

3 De operibus, quae in muris vel portis vel rebus publicis fiunt, aut si muri exstruantur, divus Marcus rescripsit praesidem aditum consulere principem debere (Dig., L, 10, 6).

4 Cfr. A. Futrell, Blood in the arena: the spectacle of Roman power, Austin, 2000, p. 124.

5 Como muestra la obra de M. Horster, Bauinschriften römischer Kaiser. Untersuchungen zu inschriftenpraxis und Bautätigkeit in Städten des westlichen Imperium Romanum in der Zeit des Prinzipats, Stuttgart, 2001, en las ciudades de Italia y del Occidente romano, durante el Alto Imperio, la intervención de los emperadores en la construcción y restauración de edificios de espectáculos fue muy limitada, sobre todo si la comparamos con las numerosas actuaciones edilicias que mandaron realizar en otros tipos de obras públicas, como templos, acueductos, termas, calzadas, puentes o murallas. En Italia, los trabajos de H. Jouffroy, Le financement des constructions publiques en Italie: initiative municipale, initiative imperiale, evergetisme pure, en Ktema, 2, 1977, p.331-334 y J. R. Patterson, The emperor and the cities of Italy, en K. Lomas y T. Cornell (eds.), Bread and circuses. Evergetism and municipal patronage in Roman Italy, London-New York, 2003, p.89-93, confirman la misma idea, que también se atestigua en Oriente, como podemos constatar en S. Mitchell, Imperial building in the Eastern Roman provinces, en HarvStClPhil, 91, 1987, p.348-363.

6 K. Lomas, Public building, urban renewal and evergetism in early Imperial Italy, en K. Lomas y T. Cornell (eds.), op.cit. n. 5, p.33-34. El gran auge en la construcción de edificios de espectáculos que se dio en los siglos I y II d.C. ya fue señalado anteriormente, y plasmado en diagramas de barras, por H. Jouffroy, La construction publique en Italie et dans l’Afrique romaine, Strasbourg, 1986, p.321 y 330.

7 Aunque generalmente se ha resaltado la estrecha relación de los teatros con el desarrollo de complejas ceremonias de culto Imperial, los anfiteatros y circos también acogieron actos religiosos celebrados en honor de los emperadores, especialmente aquéllos que fueron levantados en las capitales de provincias, donde se organizaban anualmente grandes fiestas presididas por el flamen provincial. Sobre la función religiosa de los edificios de espectáculos vid. M. Le Glay, Les amphithéâtres: loci religiosi?, en Spectacula I. Gladiateur et Amphithéâtres, Lattes, 1990, p. 217-227; Id., Épigraphie et théâtres, en Spectacula II. Le théâtre antique et ses spectacles, Lattes, 1992, p. 215-218; D. Fishwick, The imperial cult in the Latin West II, 1, Leiden, 1991, p. 577-582; P. Gros, Théâtre et culte impérial en Gaule Narbonnaise et dans la Péninsule Ibérique, en Stadtbild und Ideologie. Die Monumentalisierung hispanischer Städte zwischen Republik und Kaiserzeit, Madrid, 1987, München, 1990, p. 381-391; Id., La fonction politique des monuments du spectacle dans le monde romain sous le Haut-Empire, en Ludi romani. Espectáculos en Hispania romana, Mérida, 2002, p. 25-40; A. Futrell, op.cit. n. 4, p. 77-93; F. Sear, Roman theatres. An architectural study, Oxford, 2006, p. 44-46.

8 Sobre la interpretación que proponemos para este texto, cfr. J. E. Stambaugh, The functions of Roman temples, en ANRW, II, 16, 1, Berlin-New York, 1978, p. 566.

9 La documentación epigráfica muestra que los evergetas generalmente se limitaron a financiar la construcción de pequeños templos y sacella erigidos en honor de diferentes miembros de la familia imperial (CIL VIII, 993; CIL XIV, 2795; AE 1938, 43; AE 2003, 643; ILAfr. 353). Evidentemente, pudieron darse algunas excepciones, como el templo a Augusto construido por los Volusii Saturnini en Lucus Feroniae (AE 1983, 399), el dedicado por Plinio en la ciudad de Tifernium Tiberinum u otro levantado en Lacipo por el pontífice y cuatorviro Q. Fabius Varus, como defendió R. Etienne, Culte imperial et architecture a propos d’une inscription de Lacipo (Betique), en ZPE, 43, 1981, p. 135-142. En todos estos casos, los evergetas pudieron haber tenido que pedir autorización al emperador, como parece deducirse de la mencionada epístola de Plinio el Joven (Ep., X, 8, 1-2).

10 Suet. Aug., 52, 1 (templos a Augusto); Dion Cassio, LI, 20, 7 (templos a Augusto en Pérgamo y Nicomedia); Tac. Ann., I, 78, 1 (Tiberio autoriza construcción de templo a Augusto en Tarraco); IV, 15, 3 (templo en provincia de Asia a Tiberio y Livia); IV, 37-38 (Tiberio niega permiso a la Hispania Ulterior para levantar templo a él mismo y a Livia); IV, 55-56 (el senado de Roma decide la ciudad de Asia en la que se levantaría un templo dedicado a Tiberio y Livia). Cfr. S. Price, Rituals and power. The Roman Imperial cult in Asia Minor, Cambridge, 1984, p. 71-73; M. Sartre, El Oriente romano, Madrid, 1994, p. 112-113.

11 Recordemos que en numerosos teatros se han encontrado diferentes espacios sagrados dedicados al culto imperial. Sobre el tema vid. P. Gros, op. cit. n. 7 (1990), p. 384-387; E. Melchor, Teatro y evergetismo en la Hispania romana, en C. Márquez y A. Ventura (coords.), Jornadas sobre teatros romanos en Hispania, Córdoba 2002, Córdoba, 2006, p. 73-74.

12 Como señaló E. De Ruggiero, Lo Stato e le opere publiche in Roma Antica, Torino, 1925, p. 123-124, estas obras erigidas por particulares, tras su entrega a la comunidad pasaron a ser propiedad de la ciudad.

13 J. M. Rodríguez Hidalgo y S. J. Keay, Recent work at Italica, en Social complexity and the development of towns in Iberia, Oxford, 1995, p. 405-411; M. T. Boatwright, Italica y la magnificencia de Adriano, en A. Caballos y P. León (eds.), Actas de las jornadas del 2.200 aniversario de la fundación de Italica, Sevilla, 1997, p. 220-221.

14 J. B. Ward-Perkins, The Severan building of Lepcis Magna, Tripoli, 1993.

15 A. Blanco, La Itálica de Trajano y Adriano, en EAE, 121, 1982, p. 151; J. Luzón, Consideraciones sobre la urbanística de la Ciudad Nueva de Italica, en EAE, 121, 1982, p. 78.

16 La extracción sistemática y el traslado de los materiales de construcción de la nova a la vetus urbs comenzó pronto a realizarse. Esta actuación requeriría una autorización de la administración imperial, pues la demolición de edificios para reaprovechar sus materiales estaba prohibida por la legislación romana. Cfr. E. J. Phillips, The Roman law on demolition of buildings, en Latomus, 32, 1, 1983, p. 86. También se necesitaría la aprobación de los decuriones, como se establece en la Lex Ursonensis (cap. XCVII) y en la Lex Irnitana (cap. LXII). Por tanto, la demolición de la nueva Italica debió ser un hecho autorizado y aceptado por las autoridades provinciales y coloniales. Cfr. E. Melchor, El mecenazgo cívico en la Bética, Córdoba, 1994, p. 90-91.

17 I. M. Barton, The effects of imperial favour. Septimius Severus and Lepcis Magna, en Museum Africum, 6, 1977-1978, p. 61.

18 La competencia edilicia entre ciudades está claramente atestiguada en Bithynia-Pontus, como nos muestra Dión de Prusa (Orat., 40, 8) al defender la remodelación urbana de las principales ciudades de esta provincia, poniendo como argumento el prestigio de la ciudad ante los ojos de los extranjeros, de las ciudades rivales y de la administración provincial. Cfr. P. Gros, Modèle urbain et gaspillage des ressources dans les programmes édilitaires des villes de Bithynie au début du IIème S. apr. J.C., en L’origine des richesses depensées dans la ville antique, Aix-en-Provence, 1988, p. 70.

19 Sobre la aparición de los curatores, en época de Trajano, asi como sobre sus funciones vid. G. Camodeca, Ricerche sui curatores rei publicae, en ANRW II, 13, 1980, Berlin – New York, p. 474-475 y 487-489; F. Jacques, op. cit. n. 1, p. 272-300.

20 Nos estamos refiriendo al envío de Plinio el Joven a la provincia de Bitinia-Ponto en misión extraordinaria como Legatus pro praetore provinciae Ponti et Bithyniae consulari potestate. Como Trajano señala, una de las principales misiones de Plinio sería examinar detenidamente las finanzas de las ciudades, pues era evidente que éstas habían estado muy descuidadas (Plinio, Ep., X, 18, 2-3). Sobre el tema vid. R. J. A. Talbert, Pliny the Younger as governor of Bithynia-Pontus, en C. Deroux (ed.), Studies in Latin Literature and Roman history, Bruselas, 1980, p. 429-234.

21 Publico vero sumptu opus novum sine principis auctoritate fieri non licere constitutionibus declaratur (Dig., L, 10, 3, 1).

22 La correspondencia de Plinio el Joven con Trajano muestra que el gobernador de Bithynia solicitaba el visto bueno imperial para la aprobación de cualquier proyecto constructivo financiado con dinero público. No obstante, estas precauciones podían estar motivadas por el desorden financiero existente en las ciudades de Bithynia, que había llevado al emperador a mandar a la provincia a un hombre de su confianza y a convertirla en provincia imperial. Por lo señalado, la solicitud de estos permisos edilicios pudo no estar generalizada en todo el Imperio a inicios del siglo II, aunque sabemos que con los Antoninos comenzó a manifestarse un creciente intervencionismo estatal en los asuntos municipales.

23 Algunas ciudades de Bithynia habían iniciado la construcción de grandes obras públicas careciendo de un correcto asesoramiento técnico y de un sistema de control de los contratistas, con lo cual los resultados fueron catastróficos. Así, en el acueducto de Nicomedia se llevaban invertidos 3.518.000 y estaba sin terminar (Plinio, Ep., X, 37), o el teatro de Nicaea presentaba grietas antes de estar acabada la obra (Plinio, Ep., X, 39). Sobre el tema vid. R. J. A. Talbert, op. cit. n. 20, p. 430-434; P. Gros, op. cit. n. 18, p. 69-85.

24 La preocupación de las élites locales por embellecer sus ciudades estuvo ligada al desarrollo del sentimiento de orgullo cívico y la importancia dada a la origo en la sociedad romana. Los notables locales se preocuparon de embellecer sus ciudades y de dotarlas de una infraestructura urbana que pudiera rivalizar con la existente en comunidades vecinas. De esta forma, mediante el desarrollo de programas de monumentalización urbana, obtenían prestigio ante Roma para su comunidad cívica y contribuían a ennoblecer su origo, uno de los factores que fueron tenidos en cuenta al promocionar a miembros de las élites municipales a los ordines superiores. Cfr. F. Chaves et alii, Los monumentos en la moneda hispanorromana, en Quaderni Ticinesi di Numismatica e Antichità Classiche, XXIX, 2000, p. 308-309.

25 Las ciudades buscaron amoldar sus gastos a los ingresos regulares con los que contaban, intentando equilibrar las entradas y salidas de las arcas del tesoro local. No obstante, en determinadas momentos de su historia debieron enfrentarse a la falta de liquidez financiera y a gastos extraordinarios, como pudieron ser los derivados de ambiciosos programas de monumentalización, de catástrofes naturales o de malas cosechas. Ante tales situaciones, las comunidades cívicas necesitarían estabilizar sus presupuestos recurriendo a préstamos extraordinarios (Lex Irnitana, cap. LXXX) y a la ayuda de generosos evergetas, o incluso solicitando al gobernador la imposición de nuevas tasas locales (CIL II, 1423, epistula Vespasiani ad Saborenses). Para una visión de conjunto de los ingresos y gastos municipales vid., H. Galsterer, Aspetti finanziari nel mondo antico: evergetismo e fiscalità nelle città romane, en Atti Acc. Rov. Agiati, VIII, A, 1998, p. 75-98, M. Corbier, Comment les villes romaines finançaient-elles leurs dépenses?, en Il capitolo delle entrate nelle finanze municipali in Occidente ed in Oriente, Roma, 1999 (Collection de l’École française de Rome, 256) p. 285-293 y J. F. Rodríguez Neila, Pecunia communis municipum. Decuriones, magistrados y gestión de las finanzas municipales en Hispania, en C. Castillo et alii (eds.), Sociedad y economía en el Occidente romano, Pamplona, 2003, p. 111-198.

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Pour citer cet article

Référence papier

Enrique Melchor Gil, « Sobre Digesto L, 10, 3, pr. y la necesidad de solicitar permiso al emperador para financiar la construcción de edificios de espectáculos »Mélanges de l'École française de Rome - Antiquité, 122-1 | 2010, 37-42.

Référence électronique

Enrique Melchor Gil, « Sobre Digesto L, 10, 3, pr. y la necesidad de solicitar permiso al emperador para financiar la construcción de edificios de espectáculos »Mélanges de l'École française de Rome - Antiquité [En ligne], 122-1 | 2010, mis en ligne le 10 septembre 2013, consulté le 28 mars 2024. URL : http://journals.openedition.org/mefra/329 ; DOI : https://doi.org/10.4000/mefra.329

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